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CuidAR COVID-19 Argentina | Análisis de la aplicación móvil

Analizamos la aplicación móvil CUIDAR COVID-19 Argentina en el marco de nuestra investigación sobre COVID19, Tecnología y Gobierno.

Por: María Paula Angel - Directora de la Red Académica Puentech

Publicado el 07 ago. 2020

La aplicación móvil “CUIDAR COVID-19 Argentina” fue desarrollada por la Secretaría de Innovación Pública de Argentina—siguiendo los requerimientos y necesidades del Ministerio de Salud—, en conjunto con la comunidad científica y empresas del sector privado.

Se trata de una herramienta tecnológica, disponible para iOS y Android, que brinda información sobre diversos temas referentes a los síntomas y/o prevención del virus COVID- 19. Así mismo, le permite al usuario realizar un autodiagnóstico de síntomas, que se recomienda hacer cada 48 horas. Finalmente, permite solicitar un certificado único habilitante para circulación (pasaporte de movilidad). Durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus COVID-19, solo se puede viajar en medios de transporte y circular más allá de los comercios de cercanía si la persona forma parte de alguno de los grupos exceptuados y posee el Certificado de Circulación. En cuanto a la funcionalidad de rastreo de contactos, aunque parece no incluirla, no es del todo claro.

Al descargar la aplicación, se le solicita al usuario que proporcione los siguientes datos:

  • nombre,
  • número de documento,
  • número de trámite del DNI,
  • género y
  • número de teléfono.

Así mismo, para hacer el diagnóstico se recolecta información de síntomas compatibles con COVID-19, así como de preexistencias. Finalmente, la aplicación recolecta de manera automática la geolocalización del usuario. Los resultados del autodiagnóstico tienen carácter de declaración jurada y “[h]acer una falsa declaración es considerada una contravención grave”.

El objetivo principal de la aplicación es que los Comités Operativos de Emergencia Provinciales (COEPs) tengan acceso a un tablero por provincias, a partir del cual puedan contactar a quienes presenten en el autodiagnóstico síntomas compatibles con la pandemia, para poder asistir a esas personas, brindarles la atención sanitaria, la contención y toda la información correspondiente. Por su parte, el resto de los datos—referidos a estadísticas sobre la cantidad de autodiagnósticos, cantidad de descargas de la aplicación, etc.—se encuentran “totalmente anonimizados”.

Para destacar

La página web en donde se introduce la aplicación móvil incluye una descripción realmente completa, y a la vez sencilla, sobre el objetivo de la aplicación, cómo funciona, y el uso de los datos recolectados. Así, sin necesidad de leer los Términos y Condiciones de la aplicación—también allí disponibles para descarga— ni la Política de Privacidad incluida en ellos, el ciudadano puede entender rápidamente de qué se trata la aplicación. La provisión de esta información pública, en un lenguaje sencillo, es fundamental para que el ciudadano pueda tomar una decisión informada y crítica sobre su descarga y uso.

En segundo lugar, a partir de su última versión, la aplicación permite la realización de ingeniería reversa para que el código pueda ser auditado. Así mismo, los Términos y Condiciones establecen que cuando se trate de fines investigativos, científicos y/o educativos, la aplicación podrá ser utilizada y auditada con el objeto de promover la transparencia de su contenido y funcionamiento. Estas posibilidades son realmente valiosas, pues facilitan el control y la supervisión de la aplicación y de sus funcionalidades por parte de terceros externos. Además de generar confianza en la ciudadanía, esta apertura fomenta la transparencia, la participación y la colaboración, que son pilares básicos de un gobierno abierto.

Tercero, tanto en los Términos y Condiciones como en la página web en donde se introduce la aplicación móvil se deja claro que, una vez superada la pandemia, los datos se eliminarán y sólo se mantendrá, de manera anonimizada, la información agregada para fines estadísticos. Esto cumple con uno de los principios frente a los que parece haber un consenso internacional cuando se habla de la adopción de herramientas tecnológicas que contribuyan a la contención de la pandemia COVID-19.

Finalmente, tanto en los Términos y Condiciones como en la página web antes mencionada el gobierno es explícito—al menos en comparación con otros gobiernos—frente a las medidas de seguridad concretas que ha adoptado para proteger la confidencialidad de la información recolectada.

De acuerdo con la literalidad de ambos espacios, “[l]as medidas de seguridad tanto a nivel técnico como organizativo cumplen los marcos normativos y certificaciones de seguridad reconocidos mundialmente, incluyendo ISO 27001, ISO 27017, ISO 27018, PCI DSS Nivel 1 y/o SOC 1, 2 y 3 según corresponda. Estas medidas están diseñadas para evitar el acceso no autorizado o la divulgación del contenido y cuentan con cifrado de todos los datos en reposo y en tránsito.” En contraste con las afirmaciones vagas que se suelen ver en los documentos legales que regulan este tipo de herramientas, el carácter específico de estas medidas proporciona mayores garantías para los ciudadanos dispuestos a utilizar esta aplicación.

Para mejorar

En este análisis de la aplicación móvil Cuidar Covid-19 Argentina descubrimos 4 áreas de oportunidad para mejorar:

  • Cesiones a terceros
  • Transparencia en las funcionalidades
  • Naturaleza obligatoria para quienes ingresan del exterior
  • Brecha digital

A continuación el desarrollo de cada una en detalle:

Cesiones a terceros

De acuerdo con el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, “[l]os datos son anónimos, únicamente los puede ver el sistema de salud, y solo en los casos en que presente síntomas de Covid-19.” Sin embargo, algo distinto parece haberse establecido a nivel legal a partir de los siguientes dos documentos: la Disposición 3/2020 de la Subsecretaría de Gobierno Abierto y País Digital, y la Decisión Administrativa 431/2020. A partir de la lectura conjunta de estos dos documentos, se concluye que los datos de la base de datos en donde se centraliza y almacena la información generada mediante la aplicación, podrán cederse desde la Subsecretaría de Gobierno Abierto y País Digital hacia el resto de las jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración Pública Nacional de Argentina.

Si bien estos documentos establecen también que las cesiones se realizarán: (i) únicamente en el contexto de la emergencia sanitaria; y, (ii) en el marco de las competencias que deban ejercer los organismos cesionarios; y que “siempre que sea posible los datos se cederán en forma disociada”; lo cierto es que se trata de un conjunto casi ilimitado de entidades a las que se les está dando la capacidad de acceder a la información personal de los argentinos.

¿Es esta cantidad de entidades realmente necesaria, razonable y proporcional? Aunque el fin de la cesión de datos se restringe a realizar acciones útiles para la protección de la salud pública, lo cierto es que son exclusivamente las autoridades sanitarias, de salud pública y del sistema de salud—como lo expresó el jefe de Gabinete Cafiero, aunque en contradicción con la Decisión Administrativa expedida por él —quienes debería tener esas potestades de acceso. Esto, teniendo en cuenta que se trata de datos sensibles, como la geolocalización de las personas o la información de su estado de salud, los cuales podrían ser eventualmente utilizados de manera indebida o discriminatoria por otras agencias como pueden ser, por ejemplo, las de inteligencia.

Transparencia en las funcionalidades

Los Términos y Condiciones no son claros ni transparentes frente a las funcionalidades de la aplicación.

Por un lado, incluyen la siguiente afirmación vaga y, por ende, poco garante de derechos: “la Secretaría podrá incluir funcionalidades en la Aplicación que permitan entre otras cosas, recibir asistencia online o asistencia audiovisual sobre los cuidados, etc.” Dejar la puerta abierta a otras posibles funcionalidades, sin delimitar claramente cuáles serán, le da al gobierno la posibilidad ilimitada de implementar funcionalidades que pueden o no responder exclusivamente a la pandemia. Al mismo tiempo, le quitan al ciudadano las posibilidades de: (i) abstenerse de utilizar la aplicación por no estar de acuerdo con esa determinada funcionalidad no especificada; y, (ii) hacer rendir cuentas al gobierno frente a las características de esa funcionalidad.

Por otro lado, entre las finalidades de tratamiento incluidas en la Política de Privacidad de los Términos y Condiciones no se establece que los datos vayan a ser utilizados para la expedición del certificado único habilitante para circulación (pasaporte de movilidad). En esa medida, hoy en día se están utilizando los datos personales para finalidades que no han sido expresamente autorizadas por sus titulares. Como bien lo señala el informe de la Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia), “resulta importante desagregar los términos y condiciones, exigiendo consentimiento expreso y voluntario a cada una de las funcionalidades que se agreguen.”

Naturaleza obligatoria para quienes ingresan del exterior

La descarga de la aplicación es en principio de carácter voluntario, lo cual nuevamente cumple con otro de los principios frente a los que parece haber un consenso internacional cuando se habla de la adopción de herramientas tecnológicas que contribuyan a la contención de la pandemia COVID-19.

Así mismo, si bien algunos medios han expresado que la aplicación es obligatoria para quienes realicen tareas laborales esenciales, pues deben tenerla para poder acceder al Certificado de circulación, lo cierto es que ese permiso de circulación también se puede tramitar desde el sitio gubernamental Argentina.gob.ar. En esa medida, si bien la conveniencia de la aplicación podría incentivar su uso para cargar en ella el certificado, su descarga no es estrictamente necesaria para obtenerlo.

Sin embargo, la página web en donde se introduce la aplicación móvil sí reconoce expresamente que en el caso de las personas que ingresan al país desde el exterior, su uso sí es de carácter obligatorio. Esta determinación, que tiene su fundamento en la Disposición 1771/2020, resulta claramente cuestionable. Tal y como lo establece la Fundación LED, “la aplicación desarrollada como CUIDAR, no puede ser de uso obligatorio, ya que los datos personales, de ubicación y contactos están bajo protección de las garantías constitucionales (Art. 19 CN “...Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ello no prohíbe”, entre otros) y la Ley de Protección de datos personales.”

Brecha digital

Al ofrecer una aplicación móvil como uno de los principales canales de reporte y provisión de información, el gobierno de Argentina no debe desconocer la brecha digital considerable que aún enfrenta Argentina.

Al respecto, los mismos Términos y Condiciones de la aplicación establecen: “[p]ara poder utilizar la Aplicación se requiere conexión a Internet. La libre descarga y la gratuidad del acceso no comprenden las facilidades de conexión a Internet. En ningún caso la Secretaría proveerá a los Usuarios la conectividad necesaria para que puedan utilizar la Aplicación.”

Siendo así, si el objetivo de la aplicación es que los COEPs tengan acceso a un tablero por provincias, el Gobierno debe tener claro que algunas zonas del país contribuirán a ese tablero más que otras, y que eso no se debe necesariamente a la presencia o ausencia de la enfermedad, sino a las características socioeconómicas de ciertas poblaciones que no cuentan con teléfonos inteligentes y/o acceso a internet móvil. Poblaciones, que, por lo demás, suelen ser también las más vulnerables a la pandemia, y las que, por ende, más necesitarían acceder a información pública y ser tenidas en cuenta en las decisiones de salud pública.

Como se ve, se trata de una aplicación que tiene ventajas frente a otras aplicaciones del mundo en materia de posibilidades de supervisión por parte de terceros externos. Sin embargo, su funcionamiento se base en disposiciones legales “peligrosas” (en materia de cesión de datos y obligatoriedad de uso para ciertas poblaciones), que pueden minar la confianza de la ciudadanía y desincentivar su uso.


Desde Puentech estamos investigando la relación entre la aplicación de la tecnología como respuesta de los gobiernos a la pandemia generada por el COVID19. Realizamos análisis de distintas aplicaciones y plataformas que están siendo utilizadas por los gobiernos locales y nacionales de América Latina para lidiar con el COVID-19.

¿Conoces alguna aplicación que crees que deberíamos analizar? Escríbenos a blog@puentechlab.com.


Este artículo fue escrito por:

María Paula Angel, Directora de la Red Académica Puentech.

Abogada Cum Laude y politóloga de la Universidad de los Andes (Colombia), con maestría en Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario (Colombia). Estudiante del Doctorado en Derecho de la Universidad de Washington, Seattle, y asistente de investigación del UW Tech Policy Lab.

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